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sep
30
2011

Nuevo contrato de formación y aprendizaje para jóvenes desempleados

Jovenes Desempleados

Se ha aprobado por el Consejo de Ministros un Real Decreto Ley de medidas urgentes para la promoción del empleo de los jóvenes, el fomento de la estabilidad en el empleo y el mantenimiento del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo. ¿Quieres saber cuáles son los cambios más importantes? En e-autónomos.es te los contamos.

Son varias las medidas aprobadas en el Real Decreto, las cuales pasamos a analizar a continuación:

A) Destaca el nuevo contrato para el aprendizaje y la formación que pretende mejorar las oportunidades de empleo y formación de los jóvenes en situación de desempleo.

Tiene por objeto la cualificación profesional de los trabajadores en un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en una empresa, con actividad formativa recibida en el marco del sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo.

Los requisitos para poder realizar este contrato son:

1º. Se podrá realizar con mayores de dieciséis y menores de veinticinco años sin cualificación profesional; es decir, que no tengan el título de ESO o que, aún teniéndolo, carezcan de título universitario, de formación profesional o un certificado de profesionalidad.

2º. De forma transitoria, hasta el 31 de diciembre de 2013, se podrá realizar también con mayores de 25 y menores de 30 años, ya que hay muchos jóvenes sin cualificación profesional alguna dentro de este grupo de edad.

Su duración minima será de un año y la máxima de dos años, y podrá prorrogarse un año más en función del proceso formativo.

Con objeto de resultar atractivo para las empresas, cuando el contrato suponga incremento del empleo, la empresa tendrá una reducción del 100 por 100 de las cotizaciones a la Seguridad Social durante toda la vigencia del contrato si se contrata a personas desempleadas. La reducción será del 75 por 100 para empresas de más de 250 trabajadores.

Para favorecer su conversión en contratos indefinidos, las empresas tendrán derecho a una reducción de la cotización social de 1.500 euros anuales durante tres años (1.800 euros anuales en caso de contratar a mujeres), cuando a su finalización el contrato para la formación y el aprendizaje se transforme en un contrato indefinido y suponga creación de empleo fijo en la empresa.

B) Por otra parte, el Gobierno ha decidido prorrogar durante seis meses más el programa PREPARA que pretende ayudar a las personas en situación de desempleo en su recualificación profesional para que puedan incorporarse a nuevos puestos de trabajo, mientras perciben una ayuda económica de cuatrocientos euros durante un máximo de seis meses.

C) El tercer aspecto que aborda este Real Decreto es la ampliación del período para que se puedan transformar contratos temporales en otros de fomento de la contratación indefinida.

Se podrán transformar hasta el 31 de diciembre de 2011 en contratos de fomento de la contratación indefinida aquellos contratos temporales suscritos con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto. Por otro lado, el plazo se amplía hasta el 31 de diciembre de 2012 para los contratos temporales celebrados a partir de la entrada en vigor de la norma, siempre que su duración no exceda los seis meses.

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Escrito por el equipo de e-autonomos.es en: Laboral | Etiquetas: , , , , ,

1 comentario »

  • BRAYAN

    Yo creo que el Real decreto ha hecho bien en promover el empleo a los jóvenes por otro lado el contrato de aprendizaje es una forma clara de ayudar a meter de lleno a los jóvenes en el ámbito laboral y en su formación como persona.
    formación para autónomos

    Comentario | 11 febrero, 2012

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