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Confío en ti, pero quiero mi IVA

Fiscal

Confianza

A veces ocurre que un cliente con el que has tratado mucho, y que consideras como uno de tus mejores clientes, se ha retrasado en alguno de los pagos que te ha de hacer. Lógicamente, no piensas emprender ninguna acción judicial de primeras, pero.. ¿qué puedes hacer en estos casos para que no transcurra tanto tiempo que ya no puedas recuperar el IVA repercutido? En e-autonomos.es te lo contamos.

Para recuperar el IVA de un impagado, Hacienda nos exige una serie de requisitos que te exponemos a continuación:

  • Que hayan pasado seis meses (un año si factura más de 6.010.121,04 euros) desde la fecha de la venta (y no desde el vencimiento).
  • Que se haya reclamado el cobro de la deuda por vía judicial o por requerimiento notarial.
  • Que los trámites para recuperar el IVA se realicen en los tres meses siguientes al transcurso de dicho plazo de seis meses.

Por lo tanto, y a la vista de estos requisitos, si dejas pasar más de nueve meses desde la fecha de la operación y tu cliente aún no te ha pagado, habrás perdido la posibilidad de recuperar ese IVA repercutido.

Así que lo que te recomendamos no es sino lo más lógico, ponte en contacto con él, ya que aunque hayas pactado verbalmente que le dejarás que regularice su situación, tendrás que explicarle también que quieres recuperar el IVA y que por ello es necesario que le envíes un requerimiento notarial reclamando el pago. ¿qué ocurrirá después? En primer lugar, podrás recuperar el IVA. En segundo lugar, tu cliente tendrá que ingresarlo en Hacienda pero cuando más adelante te pague, ya no deberá hacerlo nuevamente.

El Equipo de e-autonomos.es
El Equipo de e-autonomos.es

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