Han embargado a mi arrendador

Si tienes un local alquilado donde realizas tu actividad profesional, puede pasar que Hacienda te notifique el embargo de las rentas que le tienes que pagar al propietario del inmueble por deudas contraídas por éste. En e-autonomos.es te contamos como actuar en estos casos.
Si se diera este caso estás obligado a ejecutar la orden de embargo ya que de no hacerlo tu empresa podría ser considerada como responsable solidaria del pago de las deudas de tu arrendador, es decir, podrían pedirte a ti el pago de sus deudas.
En cuanto al importe que has de retener a tu arrendador es el mismo que deberías haberle pagado por el arrendamiento, el cual deberás satisfacer en la cuenta del Tesoro Público cada mes. Además deberás incluir el IVA que corresponda, pudiendo igualmente deducírtelo en tu declaración, y la retención en caso de que tu empresa efectúe retenciones sobre el alquiler, descontando así el 21% e ingresándolo en los impuestos de la forma habitual.
Aún en esta situación, tu arrendador está obligado a seguir emitiendo las facturas del alquiler. Pero si se diese el caso en el que deja de hacerlo, no podrás deducirte el IVA en tu empresa. ¿Qué hacer entonces para ello? Tendrás que reclamar al propietario las facturas correspondientes. Además, te aconsejamos que esta reclamación sea mediante burofax y si transucrrido el plazo de un mes sigue sin cumplir con su deber, deberás presentar una relamación ante el Tribunal Económico Administrativo correspondiente para que le obligue a hacerlo.
Si sigues todos estos pasos, no deberías tener problemas para poder deducirte el IVA aún en esta complicada situación.
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