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¿Interesa más darse de alta en estimación directa o en módulos?

Fiscal

Módulos autónomos

En el post de hoy vamos a analizar una de tantas dudas que surgen cuando te haces autónomo. Cuando el autónomo rellena el modelo 036 de alta en la Agencia Tributaria puede elegir entre estimación objetiva, lo que se llama coloquialmente como módulos, o estimación directa. Hoy te explicamos las diferencias entre ambas.  

La estimación objetiva o módulos

Es un régimen especial de IRPF. Hacienda estima el rendimiento que tienes que pagar por la actividad basándose en una serie de criterios establecidos, independientemente de que el negocio te dé más o menos beneficios. Cada negocio tiene definido unos módulos específicos, es decir, que esos criterios de los que hablábamos varían en función de la actividad que desarrolles.

En algunos casos, la elección de tributar por módulos no es solo tuya, es decir, que podrás tributar por módulos si tu actividad está incluida en la lista de actividades que se pueden acoger a esta tributación según la Orden que se publica anualmente en la que se regula el Régimen de estimación objetiva del IRPF.

Las actividades económicas más comunes que tienen la posibilidad de acogerse a módulos son:

  • Carpintería metálica y fabricación de estructuras metálicas y calderería (314 y 315)
  • Confección en serie de prendas de vestir y sus complementos (453)
  • Impresión de textos o imágenes (474.1)
  • Albañilería y pequeños trabajos de construcción en general (501.3)
  • Transporte de mercancías por carretera (722)
  • Carpintería y cerrajería (505.5)

En cualquier caso, si tienes dudas y no sabes si tu actividad entraría dentro de estimación objetiva, puedes llamar a Hacienda y consultarlo.

Características de la estimación objetiva

  • Los cálculos de rendimiento de tu negocio no son los reales, sino que están simplificados.
  • Se reducen las obligaciones de llevar libros de registros y contabilidad.

La estimación directa

Cuando eliges la estimación directa, deberás declarar en tu renta el rendimiento de tu negocio, ese rendimiento se calcula con la contabilidad, que debe estar al día, así como los registros de facturas correspondientes.

Con respecto a lo que destacamos en la estimación objetiva, en este caso, sí que se trata de un cálculo de rendimiento real, pero no cuenta con esa reducción en la contabilidad y los registros.

Cinco directrices que te ayudarán a elegir bien

Ten en cuenta estas cinco pautas a la hora de valorar qué régimen te interesa más:

  1. Que esté tu actividad incluida entre las posibles para el régimen de estimación objetiva, ya que si no, solo te queda la opción de la estimación directa.  
  2. Tus habilidades en cuanto a contabilidad. Si tienes una base de contabilidad y piensas que no te llevará mucho tiempo puedes decantarte por la estimación directa. Para eso ya sabes que en e-autónomos es más sencillo crear tus facturas, a partir de las cuales automáticamente se crean tus libros de ingresos y gastos.

    En caso de que tu actividad se incluya dentro de las posibles en estimación objetiva, podrás descargarte de la tarea contable, pero sí que deberás llevar un mínimo de orden en tus cuentas, ya que de lo contrario no podrás saber los números reales de tu negocio.  

  3. Si desarrollas varias actividades, todas ellas deben estar en el mismo régimen por lo que si una de ellas está obligada a estimación directa, no tendrás que pensar mucho sobre las otras, ya que deberán ir a la misma.  
  4. Fíjate bien en si la actividad genera más beneficios o menos de los que se estiman en módulos, aunque hasta que no tengas cierta estabilidad no lo sabrás con seguridad. Como consejo, ponte en contacto con algún empresario que realiza ya esta actividad, te podría dar una orientación.  
  5. La elección de uno u otro régimen se realiza renunciando al no deseado, y esa renuncia tendrá efectos por un mínimo de tres años.
El Equipo de e-autonomos.es
El Equipo de e-autonomos.es

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