Devolución del IVA español
Fiscal
Recuerda que, las empresas extranjeras que soportan IVA en España pueden recuperarlo. Si tus clientes son empresas extranjeras recuérdales estos datos.
Actualmente, si las empresas están establecidas en países conformantes de la Unión Europea, pueden solicitar la devolución en la Administración Tributaria de su propio país. En cuanto a los países no pertenecientes a la Unión Europea, existen limitaciones: no todos los países de fuera de la Unión Europea tienen acceso a esa recuperación, solo pueden pedir la devolución (en la hacienda española) seis países: Canadá, Japón, Noruega, Israel, Mónaco y Suiza, por tener acuerdos de reciprocidad.
Bien, pues el panorama cambiará en 2015. A partir del próximo año se amplía la posibilidad en cuanto a la recuperación del IVA soportado en España para los países externos a la Unión Europea. Es decir, todas las empresas de fuera de la Unión Europea, aunque no exista acuerdo, podrán solicitar la devolución por los servicios de restauración, hostelería y transporte, pero ten en cuenta, solo si estos servicios están vinculados con la asistencia a congresos, exposiciones o ferias celebrados en España, tendrá la posibilidad de hacer la petición.