Evita sanciones de Hacienda con estos consejos
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Los pequeños fraudes fiscales son muy comunes desde el advenimiento de la crisis. Entre los autónomos se han promovido una serie de engaños al fisco muy comunes, pero que tienen sus riesgos. Te hacemos una lista-resumen sobre los errores que debes evitar acometer para que la Agencia Tributaria no te sancione.
1. Tus gastos personales
Estos son los más comunes, tal vez por desconocimiento, pero lo cierto es que los autónomos suelen deducirse gastos procedentes de compras personales que no tienen nada que ver con su actividad. Hacienda no tolera las desgravaciones de ropa o comida entre otras, siempre teniendo en cuenta que no son necesarias para el desarrollo de la actividad.
2. El coche
El empresario o profesional que compre un coche solo se puede deducir el 50% del IVA, no pudiendo amortizar nada del valor del vehículo. Si en tu caso utilizas el vehículo como herramienta imprescindible para la realización de tu actividad, entonces podrías deducir el 100% del IVA y el 100% de la base. Ejemplos: si eres conductor de un taxi, agente comercial, transportista, etc. En cuanto a las multas de tráfico es mejor no incluirlas como deducibles, porque Hacienda tiene acceso a todo este tipo de sanciones, así que lo más probable es que las detecten.
3. Gastos vacacionales
Salta a la vista cuando un viaje es de ocio y no de negocios, por lo que no intentes deducirte los gastos de unas vacaciones familiares, es muy probable que Hacienda se dé cuenta. Algunos empresarios se deducen los gastos de las vacaciones realizadas con sus familias, y que por lo tanto no tienen ningún fin laboral, sin percatarse del error.
4. Los tiques de combustible
Con los recibos de comidas, compras en supermercados, gasolineras o restaurantes no puedes deducirte IVA, porque este tipo de tiques no llevan el nombre de la empresa que lo solicita, y por lo tanto, no se puede identificar a la persona que ha realizado el gasto. Parece ser que los autónomos dependientes son los más propensos a realizar este tipo de deducciones.
5. El hogar
Es muy común que algunas personas realicen la deducción de una vivienda que ya no es la habitual, es decir, ya no resides en esa vivienda y por lo tanto, aunque la estés pagando, si no es tu vivienda habitual no tienes derecho a deducción. Hacienda podría comprobar el consumo en luz y agua y verificar que nadie vive ahí. Si has adquirido una vivienda en el año 2015, ya no tienes derecho a ninguna deducción, aunque sea tu vivienda habitual (que antes de 1 de Enero de 2015 era del 15%).
Otro caso relacionado con la vivienda es el de financiación. Cuando financias con la hipoteca la compra de un coche y te lo desgravas todo, esto es incorrecto. En realidad solo puedes deducirte la parte correspondiente a la vivienda.
6. Arrendamientos
Al igual que en los casos de las viviendas, Hacienda tiene varias formas de comprobarlo, bien por terceras personas o bien por la vía de consulta de consumo de agua, luz, gas, etc.
Cuando el contrato de alquiler está a nombre de solo uno de los inquilinos, es decir, en la casa viven varias personas, solo se podrá deducir el alquiler el que figura como titular del contrato. En el caso de que haya varios titulares la deducción debe producirse a partes iguales realizando una división de los gastos.
7. La familia
Es un error que los dos miembros de una pareja de hecho, o de un matrimonio que realiza la declaración por separado, se deduzcan el 100% de los gastos de los hijos. Lo correcto es que se reparta la desgravación entre los dos padres.
En la declaración de la renta existe la posibilidad de que te apliques deducciones por un hijo menor de 25 años que no aporte ingresos. Un grave error sería aplicarlas cuando ya tu hijo ha alcanzado más de los 25 años de edad.