Notificaciones telemáticas, ¿qué es la DEHú?
TecnologíaFiscal

[Actualizado 30/01/2022]
¿Eres autónomo y te encuentras muchas veces de viaje fuera de tu domicilio fiscal? ¿Prefieres no perder el tiempo yendo a la oficina de Hacienda y recibir las notificaciones en tu correo electrónico? Hoy te explicaremos cómo lo debes hacer para estar siempre informado.
¿Cómo recibir las notificaciones telemáticas de Hacienda?
En esta dirección web Hacienda facilita a los contribuyentes un procedimiento que permite a cualquier persona física o jurídica recibir vía telemática las notificaciones administrativas. Se trata de una forma segura y gratuita de recibir dichas notificaciones, obligatoria en algunos casos. Los casos en los que existe la obligación son los siguientes:
- Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que no cuenten con nacionalidad española.
- Sociedades Anónimas y de Responsabilidad Limitada.
- Uniones temporales de empresas.
- Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes.
- Contribuyentes inscritos en el Registro de Grandes Empresas.
- Agrupaciones de interés económico, Fondos de pensiones, de capital de riesgo, de titulación de activos, de inversiones, de regulación del mercado hipotecario, de garantía de inversiones, de titulación hipotecaria.
- Contribuyentes que tributen en el Régimen de Consolidación Fiscal del Impuestos sobre Sociedades o en el Régimen especial del Grupo de Entidades del IVA.
- Aquellos inscritos en el Registro de Devolución Mensual del IVA.
- Si eres contribuyente con autorización para mostrar declaraciones aduaneras a través del sistema de transmisión electrónica de datos.
Si te encuentras en uno de estos casos, ten en mente que Hacienda considera este procedimiento el habitual. Por lo tanto, dará por recibidas estas notificaciones, por lo que tienes dos opciones:
- estar muy atento al buzón
- registrarte facilitando tu dirección de correo electrónico, de manera que te llegarán los avisos con las notificaciones pendientes.
¿Cómo darse de alta y recibir las notificaciones?
Estés obligado o no, puedes darte de alta para recibir estas notificaciones y así no tener que ir a Hacienda cada vez que recibes un aviso. El procedimiento para activar estas notificaciones es sencillo:
- En primer lugar, debes contar con un certificado digital. Para saber cómo obtenerlo accede a este enlace.
- Al registrarte debes rellenar un formulario con el que adquirirás una Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHú) para recibir todas las notificaciones.
- Si estás obligado a recibir estas notificaciones no será necesario este punto. Sin embargo, si no estás en la obligación debes seleccionar en este enlace web los procedimientos habilitados por la Administración y sus organismos públicos para el envío de las notificaciones vía telemática.
¡Y eso es todo! Podrás entrar en el buzón asociado a tu DEHú en este enlace (recuerda instalar previamente tu certificado digital en el navegador).
Nota importante
Una vez te lleguen las notificaciones a la dirección de correo que tú especificaste en el registro o a la sede electrónica, Hacienda las entenderá como efectuadas pasados 10 días.
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