Blog

Retenciones si facturas a la India

Comercio exteriorFiscal

Retenciones si facturas a la India

Ya hemos comentado en numerosos artículos el proceso de globalización que está sufriendo la prestación de servicios profesionales. Cada vez es más habitual que nuestros clientes presten servicios a empresas de Estados Unidos, Canadá, Europa o India. Y precisamente de esta última queremos hablar en este artículo.

Retención en la India del 20%

Es probable que si eres profesional y le has prestado servicios a una empresa india (vamos a imaginar que te dedicas a prestar servicios de diseño web) cuando llegue el momento de cobrar tu factura (que la emitirás sin IVA) recibas un poco menos, concretamente el 20% menos. En ese momento pensarás que ha habido un error y contactarás con tu cliente en India, pero para tu sorpresa tu cliente de India te indica que eso es así, que los pagos realizados a un residente en España tributan en India.

Pues sí, tu cliente de India tiene razón porque así lo recoge el art. 13.2 del Convenio entre España y la República de la India para evitar la doble imposición. 

Y te preguntarás ¿cómo es posible que unos ingresos de un autónomo español que ya tributan en España también tributen en India?

La explicación la tienes en el art. 13 que te acabamos de comentar en el que se viene a decir lo siguiente: los pagos por servicios técnicos procedentes de India y pagados a un residente de España, pueden someterse a tributación en India, no pudiendo exceder del 20% del importe bruto del pago.

…y te preguntarás ¿qué puedo hacer ahora? porque mis ingresos no solo se han reducido en un 20,8% sino que además a final de trimestre tendré que pagar el modelo 130 en España, con lo que se me reducirán en otro 20%. Es decir, que un trabajo por el que ibas a cobrar 5.000,00 €, se te va a quedar reducido a 3.000,00 € (5.000,00 € menos el 40%).

Te explicamos a continuación qué dos alternativas tienes para gestionar esta situación.

1. Evitar que se te aplique el art. 13 del Convenio

La retención la ha realizado tu cliente de India porque considera que te ha realizado un pago por un servicio técnico y tu argumento debe ser que se trata de un servicio profesional de los recogidos en el art. 15, en el que se viene a decir lo siguiente: las rentas obtenidas por un residente en España por la prestación de servicios profesionales solo puede someterse a tributación en España, y solo se podrá someter a tributación e India cuando se dé alguna de estas dos circunstancias:

  • Si el residente en España dispone, de manera habitual, de una base fija en India para el ejercicio de sus actividades.
  • Si el residente en España permanece en India -en total, en uno o varios períodos- al menos 183 días en el periodo impositivo de que se trate.

Si no te encuentras en ninguna de estas dos circunstancias, que suele ser lo habitual, podrías solicitar que no te realizaran dicha retención.

2. Aplicar la deducción por doble imposición 

Si llegas a este punto puede ser por dos motivos: porque realmente se te deba aplicar el art. 13 y por tanto la retención es correcta, o porque, a pesar de que se debería haber aplicado el art. 15 en tu caso, tu cliente de india considera que debe aplicar la retención. 

Pero aún te queda un último cartucho, al menos para reducir el porcentaje de retención al 10%. 

¿Cuál es el procedimiento para obtener la retención del 10%? 

Debes registrarte en la Oficina de impuestos de la India para obtener un número PAN (Permanent Account Number). Todas las empresas extranjeras pueden obtener un PAN sin tener presencia en la India.

Incluso puede ser que te encuentres en alguno de los sectores (*) en los que el Gobierno de la India certifica a los proveedores para que puedan aprovechar la tasa del 10% simplemente presentando los siguientes documentos:

  1. Nombre de la empresa, correo electrónico, número de contacto.
  2. Dirección en el país de residencia.
  3. Certificado de residencia tributaria.
  4. Número de identificación fiscal (TIN) en el país de residencia.

Sin embargo, a pesar de recibir esta nueva notificación en 2016 las empresas indias todavía siguen solicitando el número de PAN para proceder con la retención reducida (de 10% en lugar del 20%).

(*) Información basada en la nueva normativa publicada el 1 de junio de 2016. Se tendrá que consultar con el ICEX (Instituto Español de Comercio Exterior) o con el Gobierno de India cuáles son los sectores a los que se les da esta ventaja.

Si al final te practican retención, ya sea el 10% o el 20%, es interesante que conozcas cómo funciona la deducción para evitar la doble imposición, en India y España.

Eliminación de la doble imposición. Art. 25 del Convenio

El art. 25 del Convenio en su apartado 3 viene a decir lo siguiente: la doble imposición se evitará de la siguiente manera, cuando un residente de España obtenga rentas que hayan sido sometidas a imposición en la India, España deducirá del impuesto que perciba sobre las rentas de dicho residente, un importe igual al impuesto sobre la renta pagado en la India.

El inconveniente es que esta deducción se practica en la renta anual, con lo que tendrás que soportar el decremento de tu liquidez hasta la elaboración de la renta en el ejercicio próximo, ya que, y siguiendo con el ejemplo del principio, de los 5.000,00 € del importe de tus ingresos, solo recibirás 3.000,00 €, hasta que al llegar la renta todo se regularice, y te devuelvan lo tributado de más.

El TDS CERTIFICAT. ¿Cómo justificar la retención practicada?

Como habrás podido intuir, la retención se realiza en la fuente, y la empresa india ingresa esa suma a la Hacienda india. En el momento de presentar la renta deberás solicitar a tu cliente un certificado justificando dicha retención, conocido como TDS CERTIFICAT. Así a la hora de declarar la renta en España se puede presentar ese justificante a la Hacienda española para evitar pagar los impuestos correspondientes a ese ejercicio.

¿Cómo interpretar el TDS CERTIFICAT?

Si no has visto ninguna vez un TDS CERTIFICAT y para poder entenderlo correctamente, te damos las siguientes notas:

  1. Los TDS CERTIFICAT se emiten en la rupia india (INR). Para realizar los cambios a euro en la fecha de depósito (Date on which tax deposited) puedes usar esta página.
  2. Verás cifras extrañas como éstas: 2,56,562.00, esta cifra debes entenderla como 256.562,00 rupias, que al cambio a euros serían 3.270,11 € aprox. En India agrupan dos lugares decimales en lugar de los tres habituales en casi todo el resto del mundo (aquí te lo explican).
  3. El dato que realmente te interesa se encuentra en el apartado II. Details of tax deducted and deposited in the Central Government Account, concretamente el total de la columna Tax Deposited in respect of the deductee.

 

Por último, si tienes cualquier duda o consulta puedes contactar con el ICEX, conocen la materia a fondo, y nosotros quedamos gratamente sorprendidos del servicio que ofrecen a los contribuyentes con dificultades de interpretación de los convenios bilaterales de España con el resto de países.


Artículos relacionados

¿Compras servicios en países como Estados Unidos o India?

Retenciones a no residentes

Me voy al extranjero, ¿qué tengo que aportar a Hacienda?

Juan Carlos López e-autonomos
Juan Carlos López e-autonomos

Asesor fiscal y abogado.
Responsable de las áreas fiscal y contable.

LinkedInFacebookTwitterYouTube