No olvides de revisar tus facturas de gastos
ContableFiscal

En otras artículos de nuestro blog hemos hablado sobre la información que debe contener una factura para que sea válida. En el post de hoy nos vamos a centrar en qué hacer si la factura no cumplía con la norma y en una comprobación Hacienda decide que debes devolver el IVA.
¿Qué debe contener una factura válida?
Además de no olvidarte de pedir factura siempre que estás adquiriendo un bien o servicio necesario para conseguir tus ingresos, no olvides de comprobar que la factura emitida por tu proveedor esté bien confeccionada y cumpla con todos los requisitos:
- Número de la factura.
- La fecha de expedición.
- Los datos de vendedor y comprador (nombre, NIF y domicilio).
- La descripción de la operación.
- Los datos económicos: Base imponible, tipo de IVA y cuota tributaria.
Si al comprobarla detectas que falta algo o algún dato es erróneo, ni lo pienses, habla con tu proveedor y que te la corrija, así evitarás que, en caso de comprobación, Hacienda considere como no deducible esa cuota de IVA.
Pero, ¿qué puedes hacer cuando ya es tarde?
Se inicia una comprobación de IVA y en ella detectan una factura de un gasto importante (imagina un gasto de 50.000 € donde el IVA asciende a 10.500 €) donde el NIF del proveedor es erróneo. En la propuesta de liquidación Hacienda reduce tu IVA soportado porque considera que la factura no cumple con los requisitos necesarios para deducir ese IVA.
PASO 1. Solicita a tu proveedor que te emita una factura rectificativa corrigiendo el error.
Preséntasela al inspector cuanto antes alegando el siguiente criterio del TEAC (Tribunal Económico Administrativo Central):
“Este Tribunal reconoce la posibilidad de subsanar determinados requisitos formales de la factura, siempre que dicha subsanación sea realizada por parte del expedidor de la factura.”
PASO 2. Qué haces cuando el inspector considera deducible el IVA de esa factura rectificativa, pero no con efecto retroactivo.
Es decir, él va a seguir regularizando la declaración de IVA a la que afecta la factura originaria, aunque tú puedas deducirte ese IVA a partir de ahora.
Eso supone un inconveniente porque te llegará una liquidación solicitándote el pago del IVA deducido de más (imagina que la factura es de hace un año), teniendo que hacer frente a una liquidación totalmente injusta.
¿Cómo puedes defenderte?
Pues tienes 3 argumentos:
- El Tribunal Europeo (TJUE 15-9-16, asunto C-518/2014) ha considerado que la rectificación de los defectos formales de una factura tiene efectos retroactivos, por lo que el derecho a su deducción existe desde la fecha en que se produjo la operación.
- El IVA no puede ser un mayor coste para el empresario, por lo que si te impiden ejercer tu derecho a la deducción desde la fecha de la operación, se está infringiendo el principio de neutralidad.
- Intenta aportar cualquier medio de prueba con el que puedas demostrar la realidad de la operación, de esta forma, el que falte algún dato en la factura no debe ser considerada causa suficiente para denegar la deducibilidad del IVA.
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