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Cómo obtener el NIE y la TIE en España

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Hoy  contamos con la colaboración de Antonio Doblas de Doblas Abogados, abogado con más de 25 años de experiencia y especialista en extranjería, entre otras materias. En este artículo nos explicará cómo solicitar el N.I.E. (Número de Identificación de Extranjero)  y la T.I.E. (Tarjeta de Identificación de Extranjero). La utilización de un abogado experto como Antonio Doblas  te ahorrará desplazamientos y colas, agilizará el procedimiento y resolverá todas las dudas que puedan surgirte a lo largo de este engorroso trámite administrativo.

 

En la actual situación ocasionada por el COVID, en la que la Administración Pública funciona a medio gas, los funcionarios están teletrabajando y además tienes la necesidad de solicitar CITA PREVIA para cualquier trámite administrativo. Por ello, voy a explicarte en este artículo todo lo que necesitas saber sobre cómo obtener el N.I.E. y la T.I.E.

 

Aquí tenemos un ejemplo de T.I.E. Entre otras cosas, se trata del documento que acredita la identidad del extranjero en España, así como el régimen jurídico que se le aplica. Dicha tarjeta tiene en su parte inferior el N.I.E. Es importante saber que puede haber personas que tengan N.I.E. y, sin embargo, no tengan T.I.E, te lo explico a continuación.

permiso residencia NIE

NÚMERO DE IDENTIDAD DE EXTRANJERO (NIE)

Es el número personal, único y exclusivo que los extranjeros deben tener en España cuando tengan aquí intereses económicos, profesionales o sociales.

Este número personal será el identificador del extranjero y deberá figurar en todos los documentos que se le expidan o tramiten en España.

¿Cuáles son los requisitos para su obtención?

  1. No encontrarse en situación irregular en España.
  2. Que sea solicitado por los intereses económicos, profesionales o sociales que el extranjero tenga o vaya a tener en España.

¿Qué documentación debes aportar?

  1. Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–15) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero. Dicho impreso puede obtenerse en este enlace.
  2. Copia del pasaporte completo, título de viaje o cédula de inscripción, o documento de identidad si el solicitante es ciudadano de la Unión Europea.
  3. Comunicación de las causas económicas, profesionales o sociales que justifican la solicitud.

¿Qué pasos debes seguir?

  1. Para presentar la solicitud es IMPRESCINDIBLE solicitar CITA PREVIA en la siguiente página.
  2. Lugar de presentación:
    1. Desde España: en la Dirección General de Policía y de la Guardia Civil directamente, o a través de la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de la provincia donde tenga fijado su domicilio.
    2. Desde fuera de España: en la misión diplomática u oficina consular española correspondiente a su demarcación de residencia y dirigido a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras.
  3. Abonar las tasas correspondientes y acompañar el justificante de pago a la solicitud. Este trámite lo puedes gestionar desde la página de la Policía Nacional o desde la página de Extranjería. A continuación, encontrarás ambos enlaces:
    1. Para abonar las tasas en la Policía.
    2. Para abonar las tasas de Extranjería.
  4. El plazo de resolución de la solicitud suele estar entre una y dos semanas desde que se presente la misma.

¿Quién puede tramitar la solicitud?

Puedes solicitarlo personalmente si eres extranjero o bien otorgar un Poder Notarial en favor de alguien, normalmente un abogado, quien lo tramite por ti.

TARJETA DE IDENTIDAD DE EXTRANJERO (TIE)

Se trata de una tarjeta o carnet de identidad que acredita la situación legal del extranjero en España.

¿Cuáles son los requisitos para su obtención?

Un extranjero podrá solicitar tarjeta de identidad en los siguientes casos:

  1. Cuando se ha expedido un visado o una autorización para permanecer en España por un período superior a seis meses.
  2. Cuando se haya modificado o alterado la situación legal del titular de la tarjeta de identidad o su situación laboral.
  3. Cuando la tarjeta de identidad de la que disponía ha sido robada, extraviada, destruida o inutilizada.

¿Qué documentación debes aportar?

  1. Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–17) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero. Aquí tienes el enlace para acceder al modelo.
  2. Justificante del abono de la tasa de la tarjeta.
  3. Acreditación de la afiliación y/o alta de la Seguridad Social, en su caso.
  4. Una fotografía reciente en color,en fondo blanco, tamaño carné.
  5. En su caso, denuncia por extravío o robo, o presentación de la tarjeta inutilizada.

¿Qué pasos debes seguir?

  1. Para presentar la solicitud es IMPRESCINDIBLE solicitar CITA PREVIA en la siguiente página (siempre que en la provincia esté habilitado este servicio).
  2. Lugar de presentación: en la Oficina de Extranjería o en la Comisaría de Policía de la provincia donde se haya tramitado la autorización por la que se reconoce el derecho o se le autoriza a permanecer en España.
  3. Plazo de presentación: un mes desde la entrada en España o desde que la autorización sea concedida o cobre vigencia o, en su caso, desde el momento en que se produjo el robo, el extravío, la destrucción o la inutilización de la tarjeta.
  4. Abonar las tasas correspondientes y acompañar el justificante de pago a la solicitud. Aquí tienes el enlace para abonarlas.
  5. La tarjeta de identidad tendrá idéntico período de vigencia que la autorización o el reconocimiento del derecho que justifique su expedición y perderá su validez cuando se produzca la de la citada autorización.

¿Quién puede tramitar la solicitud?

Sólo podrá tramitar la solicitud el extranjero personalmente.

 


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