¿Cuándo se consideran ventas por Internet?
Fiscal

¿Cuándo se trata de ventas por Internet y cuándo de servicios electrónicos? ¿Qué hay que tener en cuenta?
Hoy en día es muy habitual que las empresas ofrezcan sus bienes y servicios a través de su página web, y que sus clientes contraten a través de la misma. Sin embargo, hay que distinguir entre servicios electrónicos y ventas por Internet.
Contenidos
¿Ventas por Internet o servicios electrónicos?
Cuando el uso de los medios electrónicos se limita a la fase de contratación, no se consideran auténticos servicios electrónicos, sino ventas por Internet.
Como vimos en el artículo anterior, la principal característica de los servicios electrónicos era la escasa participación humana. Este aspecto no cumplen las ventas por Internet.
Además, los servicios electrónicos solo pueden ofrecer servicios, mientras que las ventas por Internet ofrecen tanto bienes como servicios.
¿Cómo tributan las ventas por Internet?
Dentro de España tributan según el régimen general del IVA. Es decir, repercutiendo el IVA. Pero recuerda que Canarias, Ceuta y Melilla se consideran territorios fuera de la UE.
- Si el cliente es una empresa extranjera (ya sea fuera o dentro de la UE) o un consumidor final residente fuera de la UE, las ventas están exentas de IVA.
- Si el cliente es un consumidor final residente en otro país de la UE, las ventas sí tributan por IVA. Pero si se superan ciertos límites (cada país marca los suyos) es de aplicación el denominado Régimen Especial de Ventas a Distancia.
Régimen Especial de Ventas a Distancia
El Régimen Especial de Ventas a Distancia consiste en que la empresa vendedora deberá repercutir el IVA que se exija en el territorio de destino e ingresarlo en su administración tributaria. Para ello, dicha empresa deberá darse de alta como sujeto pasivo del IVA de dicho país. Para poder aplicar este régimen, el transporte será a cuenta de la empresa vendedora.
Artículos relacionados
¿Qué son los servicios electrónicos?
Vender por internet como particular
¿Vendes enseres por internet? ¡Cuidado con los impuestos!