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Criptomonedas en el extranjero: Declaración obligatoria en 2024

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En este artículo, te hablaré sobre la tributación en España de las criptomonedas en el extranjero, específicamente la compraventa y el minado. Es importante entender cómo el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) y el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) afectan a estas actividades. 

Además, voy a explicarte detalles sobre la nueva obligación de declaración de criptomonedas en el extranjero que ha sido establecida recientemente. 

Tributación en el IAE de las operaciones con criptomonedas: Compraventa y minado

Si haces operaciones de compraventa de criptomonedas con tu propio capital para ti mismo, debes tener en cuenta si estas actividades están sujetas a tributación por el IAE. 

Según los artículos 78 y 79 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (LHL), para que una actividad sea considerada como actividad económica y se aplique el IAE, debe cumplir ciertos requisitos:

  • La actividad debe llevarse a cabo en territorio nacional.
  • Debe implicar la organización de medios de producción y/o recursos humanos con un propósito específico.
  • El propósito debe ser la intervención en la producción o distribución de bienes y servicios.
  • Esta organización debe realizarse por cuenta propia.

Así que el caso de la compraventa de criptomonedas para uno mismo, como persona física, no constituye una actividad económica ni empresarial ni profesional. Por lo tanto, no tienes que tributar por el IAE en estas operaciones, ya que no tienen la intención de intervenir en el mercado.

No obstante, si prestas servicios de compraventa o minado de criptomonedas a terceros, estas actividades sí están sujetas al IAE, puesto que constituyen una actividad económica. 

En este caso, debes darte de alta en el epígrafe 831.9 de la sección 1ª de las Tarifas del IAE, que corresponde a «Otros servicios financieros n.c.o.p.» 

Tributación en el IRPF por adquisición y venta de criptomonedas

Cuando adquieres o vendes monedas virtuales, como el «bitcoin», debes considerar si estas operaciones generan una ganancia o pérdida patrimonial y si están sujetas a tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Para calcular la ganancia o pérdida patrimonial, se tienen en cuenta las comisiones pagadas a las casas de cambio o «exchanges» en relación con las operaciones de adquisición y venta de las criptomonedas. En caso de venta parcial de monedas adquiridas en diferentes fechas, se aplica el criterio FIFO (First In-First Out) para identificar las monedas transmitidas.

Cada tipo de criptomoneda se considera un bien diferente debido a sus características únicas, como origen, liquidez, valor y denominación. Por lo tanto, el intercambio de una moneda virtual por otra diferente se trata como una permuta que también genera una ganancia o pérdida patrimonial.

Por ello, es muy importante determinar la ganancia o pérdida patrimonial para cada operación de venta de cada tipo de criptomoneda. Esto se puede calcular con la diferencia entre el importe de venta en euros y el importe de adquisición en euros. Y a este valor le debes aplicar el tipo de cambio a euros de la divisa vigente en la fecha de adquisición de la criptomoneda.

Criptomonedas en el extranjero: declaración informativa

A partir del ejercicio fiscal 2023, se estableció por ley la obligación de declarar las monedas virtuales que se posean en el extranjero, similar al modelo 720 que se aplica a otros bienes. 

Esto quiere decir que si a 31 de diciembre de 2023 eres titular, autorizado o beneficiario de criptomonedas en el extranjero por un valor superior a 50.000 euros, estarás obligado a presentar la declaración informativa sobre monedas virtuales en el extranjero (modelo 721) entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2024.

En los años siguientes, deberás presentar esta declaración solo si el saldo de tus criptomonedas en el extranjero se incrementa en más de 20.000 euros.

Para resumir…

En resumen, las operaciones con criptomonedas están sujetas a diversas obligaciones tributarias en España. La compraventa y el minado para uno mismo no están gravados por el IAE, mientras que la prestación de servicios a terceros sí lo está. 

Además, las adquisiciones y ventas de criptomonedas pueden generar ganancias o pérdidas patrimoniales que deben ser tenidas en cuenta para el IRPF. Es fundamental mantenerte informado sobre las leyes y regulaciones relacionadas con las criptomonedas para cumplir con tus obligaciones fiscales. Recuerda que, a partir del ejercicio fiscal 2023, también debes estar atento a la nueva obligación de declaración informativa sobre monedas virtuales en el extranjero.


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Juan Carlos López e-autonomos
Juan Carlos López e-autonomos

Asesor fiscal y abogado.
Responsable de las áreas fiscal y contable.

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