Reformas fiscales (parte 2). Hacienda e impuestos para autónomos.
FiscalLegal
En este segundo post sobre reformas fiscales haremos un resumen centrándonos en las que conciernen a la Agencia tributaria y los impuestos que afectan a los autónomos.
1. Bajan las retenciones que los profesionales autónomos practican en sus facturas, exactamente al 19 % desde el 1 de enero.
2. Se establece un máximo de 2.000 € al año en los gastos de difícil justificación.
3. Nuevas limitaciones para reducir el número de autónomos que pueden tributar por módulos para 2016. La rebaja del umbral de exclusión con carácter general bajará de 450.000 a 150.000 euros de ingresos y de 300.000 a 150.000 euros de gastos y quedarán excluidas de este método las actividades incluidas en las divisiones 3, 4, y 5 de la sección primera de las Tarifas del IAE a las que sea de aplicación en 2015 la obligación de retención al 1%, es decir, las actividades de fabricación y construcción (albañilería, fontanería, instaladores, carpintería, cerrajería, pintura…).
4. Los autónomos deberán tributar, a partir de 500.000 euros de facturación anual, en estimación directa normal del IRPF, esto supone una reducción de 100.000 euros al límite para poder tributar por estimación directa simplificada.
5. Autónomos y pymes que exporten productos o servicios digitales a la UE deben abonar el tipo de IVA establecido en el país de destino, en lugar de pagar el IVA del país de origen.
6. Con respecto a las Sociedades Civiles, en 2015 no habrá ningún cambio específico, servirá solo como puente al nuevo status fiscal de las sociedades civiles y en 2016 será cuando se producirá un cambio de tributación. Las sociedades civiles que no tengan un objeto mercantil deberán tributar por un nuevo régimen fiscal, y las que tengan objeto mercantil pasarán a tributar por el Impuesto de Sociedades.
7. Se suprime la deducción del 20% para pymes y autónomos que mantienen el empleo.