Deja el local en alquiler para deducirte el IVA

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By El Equipo de e-autonomos.es

Si tienes un local que hasta ahora habías alquilado a alguna empresa pero debido a la situación actual ni esta empresa ni ninguna otra te alquila tu local, no dejes de intentar alquilarlo para ahorrarte algo.

Como es lógico, aunque el local esté cerrado, deberás seguir haciendo frente a los costes relacionados con su mantenimiento  soportando un IVA del 21% (por servicios de limpieza, de mantenimiento, reparaciones, etc.).

Por ello, es importante que sepas que podrás deducirte y recuperar dicho IVA, solicitando su devolución a final de año, si acreditas que aunque el local está vacío lo estás intentando alquilar.

Según Hacienda, cuando el local ya ha estado destinado al alquiler y ha generado el derecho a deducir el IVA, dicho derecho sigue existiendo aunque se dejen de obtener ingresos por causas ajenas a la voluntad del arrendador.

Como acreditar la situación de alquiler

Deberás acreditar que sigues teniendo la intención de arrendar y para ello podrás:

  • Tener un contrato firmado con un agente inmobiliario para que éste busque arrendatarios.
  • Publicar anuncios en prensa o páginas web especializadas en las que ofrezca el local en alquiler.
  • Mantener el local en condiciones óptimas para el alquiler

Y aunque Hacienda no lo especifique claramente, se puede interpretar que también podrás deducirte otros gastos derivados de la tenencia del local, como son los gastos de luz, teléfono y agua, aunque sea en sus cuotas mínimas al no haber consumo.

Ten en cuenta también que si hace menos de diez años que adquiriste el local y tuviste que pagar IVA por dicha compra, seguir ofreciendo el local en alquiler te interesa aún más. Y es que si no lo haces, además de no poder deducirte el IVA de los gastos de mantenimiento, Hacienda podría exigirte que devolvieses parte del IVA que te dedujiste al comprar el local.


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