El IVA es un impuesto que hay que pagar cuando se presta un servicio o cuando hay una entrega de bienes, puede ser general, reducido o superreducido, 21%, 10% y 4% respectivamente. Este último lo encontrarás en productos de primera necesidad, es decir, alimentos o medicamentos.
Aunque la regla es que todas las entregas de bienes y servicios estén sujetas a IVA, existen actividades exentas del pago del impuesto, éstas son algunas de ellas:
1. Docencia
Enseñar en centros públicos y privados, así como las clases particulares a personas físicas, siempre que la materia o asignatura esté recogida en los planes de estudio. Lo puedes consultar aquí.
2. Medicina
Siendo profesional de sanidad o médico, la asistencia realizada a personas físicas está exenta de IVA.
3. Arte
Si eres profesional y además de tus servicios como profesional incluyes derechos de autor, es el caso de escritores, artistas plásticos, colaboradores gráficos, entre otros.
4. Finanzas
Servicios de mediación realizados a personas físicas en operaciones financieras exentas.
- Así también, dentro de este punto, aquellos servicios que son prestados por los fedatarios públicos en operaciones financieras exentas.
5. Seguros
Toda aquella prestación de servicios y operaciones que tenga relación con los seguros y la capitalización.
6. Alquileres
El arrendamiento de viviendas y la entrega de terrenos rústicos no edificables.