Preguntas frecuentes

Preguntas Generales

Preguntas sobre nuestros planes y servicios

Si estás empezando y aún no tienes unos ingresos mensuales estables, te recomendamos el plan e-freelance.

Si ya tienes unos ingresos fijos y, además, quieres aprovechar y tener asesoramiento ilimitado, todo tipo de gestiones como aplazamientos, requerimientos, etc. incluidas en el plan, entonces tu plan es e-fiscal.

Una vez nos hayas contratado, puedes pasar del plan e-freelance a e-fiscal y al revés cuando lo necesites. Lo mismo con el plan exentas.

Básicamente, el plan e-fiscal es el más completo, pues incluye:
1. Alta en Hacienda y Seguridad Social (el e-freelance tiene un coste de 70 € + IVA)
2. Consultas ilimitadas (el e-freelance solo incluye 3 consultas al mes)
3. Notificaciones de Seguridad Social (el e-freelance no lo incluye, tiene un coste adicional)
4. Solicitud de aplazamientos (el e-freelance no lo incluye, tiene un coste adicional)
5. Modificaciones censales ilimitadas (el e-freelance no lo incluye, tiene un coste adicional)

El coste mensual del plan e-fiscal es de 75 € + IVA, independientemente de lo que factures.
El plan e-freelance tiene un coste variable, concretamente se te facturará el 6% de tu facturación mensual, con un mínimo de 35 € + IVA y un máximo de 75 € + IVA.
Puedes observar que el plan e-freelance te va a interesar siempre que tu previsión de ingresos esté por debajo de 1.250 € mensuales.
Tienes toda la información en este enlace.

Ponte en contacto con nosotros si tienes dudas si tu actividad está incluida.

Una vez te des de alta en nuestra plataforma y nos envíes toda la información sobre la actividad a desarrollar, te daremos de alta de un día para otro.

También te solicitaremos toda la documentación necesaria, incluidos tu DNI y que, con tu certificado digital y siguiendo un sencillo tutorial, nos autorices ante la Seguridad Social para que podamos tramitar tu alta en el Régimen de autónomos.

El pago se realiza, una vez se formalice el contrato que te enviaremos por email, mediante tarjeta de crédito entre los días 5 y 10 de cada mes. 

Además, cuando emitimos la factura automáticamente recibes un correo y se añade en tu plataforma, con lo cual no tienes que preocuparte de contabilizarla.

No. Puedes contratarnos durante el tiempo que necesites.

El coste mínimo del servicio son 35 € + IVA. Los meses que factures más de 583 € la cuota será un 6 % de tu facturación, con un tope de 75 €+IVA.

Por ejemplo, si un mes facturas 800 €, el 6 % correspondería a 48 €+IVA. Pero si facturas 2.000 € sólo te cobraremos 75 € + IVA.

En el plan e-fiscal incluimos el alta en Hacienda y en Seguridad Social iniciales. Podemos gestionar ambas altas si contratas el plan e-freelance por un coste adicional. Visita la página del plan e-freelance para más detalles.

Si quisieras darte de baja en Hacienda y Seguridad Social antes de que hubieran transcurrido 3 meses con nosotros, cada baja la facturaríamos con un coste de 30 € + IVA.

Sí, tiene un coste adicional bajo presupuesto en función de la complejidad. A todos nuestros clientes aplicamos un descuento proporcional a los meses que han estado de alta con nosotros.

Sí, en el momento en que tramitamos tu alta en Hacienda y nos disponemos a realizar el alta en Seguridad Social, verificaremos la posible existencia de alguna de las reducciones o bonificaciones en vigor en la cuota de autónomos, y te informaremos de las distintas posibilidades que tengas.

Preguntas Seguridad Social

Seguridad Social cobra la cuota de autónomo mediante domiciliación bancaria. Es importante que siempre tengas fondos suficientes en tu cuenta bancaria alrededor de finales del mes o principios del siguiente para que no se rechace ningún recibo.

Seguridad Social no te hará factura por el pago de la cuota del autónomo. Sólo recibirás el recibo del banco que te puedes descargar normalmente desde la web de tu banco. 

Es importante que guardes cada recibo de la cuota de autónomo en documento pdf o impreso como si fuera una factura. Es posible que te los pidan si tuvieras una revisión.

Si te has dado de alta entre el 1 y el 10 del mes, lo más probable es que te pasen la primera cuota a finales del mismo mes. Si te has dado de alta más tarde del día 10, es posible que la primera cuota te llegue domiciliada junto con la segunda a finales del mes siguiente.

Si ves que no te llega domiciliada la cuota en estos plazos, es posible que se haya producido un error o que no hayas tenido fondos suficientes en tu cuenta bancaria. En tal caso, acércate a la oficina de Seguridad Social para cerciorarte de cuál ha sido el problema.

Hay veces en las que los autónomos se dan de alta o baja en alguna fecha diferente a la de día 1 (para el alta) / día 30 (para la baja). Aún así se les cobra el mes completo de la cuota de autónomo en vez de la parte proporcional a los días de alta.

Si te ha pasado, una vez te llegue el recibo, sigue el tutorial que hemos elaborado paso a paso para solicitar la devolución del importe indebidamente cobrado.

Preguntas Hacienda

Nosotros solicitamos el alta en ROI a través del modelo 036 a la hora de tramitar tu alta en Hacienda. Es la AEAT quien decide si concederte el alta en ROI o no. 

Normalmente tardan entre 2 y 5 días laborables para darte el visto bueno, pero legalmente pueden tardar hasta 3 meses. 

Si tardan más de 3 semanas te recomendamos que te pases por tu delegación de Hacienda para preguntar qué información necesitan y acelerar el proceso del alta.

¡No esperes a que te llegue el requerimiento! ¡Liquida la deuda cuanto antes! Te ahorrarás recargos e intereses de demora.